Como estudiantes universitarios de la Universidad Mayor de San Andrés nuestra obligación desde un inicio de la carrera es revisar cada artículo del Estatuto Orgánico de la UMSA para así conocer nuestros deberes, derechos y obligaciones.
Dicho Estatuto consta de 50 artículos y fue aprobado
por el 1er. congreso interno de la UMSA el 31 de octubre de 1988.
La UMSA tiene al menos 74 mil estudiantes según los
cuadros estadísticos publicados en dsie.umsa.bo, pero haciendo un sondeo de
opinión en la carrera de Comunicación solo un 10% conoce algo de tal Estatuto.
Es por este motivo que nos damos la tarea de analizar
principalmente los artículos que no se están cumpliendo para despertar la
conciencia estudiantil y de este modo poder hablar con conocimiento de causa.
La falta de cumplimiento es inminente desde el primer artículo donde dice: “LA UNIVERSIDAD MAYOR DE SAN ANDRÉS es una
institución de educación superior, autónoma y gratuita que forma parte de la
Universidad Boliviana en igual jerarquía que las demás universidades, en el
sentido establecido por la Constitución Política del Estado en sus artículos
185 al 187, el Acta de Constitución de la Universidad Boliviana y sus Estatutos
Orgánicos”. Acá se nombra que la Universidad es GRATUITA pero lastimosamente no
es así ya que en varias facultades existe lo que le han llamado “aporte
voluntario” y cobrando cursos de verano de al menos 130 bs.
En cuanto al artículo 2 puntualmente
en el primer parágrafo dice: “La base de su constitución es
la organización democrática y la decisión soberana de la comunidad
universitaria compuesta por los estamentos de docentes y estudiantes, quienes
en forma paritaria conforman todas las instancias de decisión y de gobierno
universitario”. ¿Y qué
significa paritaria? Que está basado en
un criterio de paridad o igualdad. En este sentido
podemos recordar que cuando se dan elecciones en la UMSA no existe tal igualdad
pues el voto de un docente vale al menos 30 votos de los estudiantes, a lo que
se ha denominado voto ponderado, desde hace años que los estudiantes
reclamamos implementar el “voto
universal” a las autoridades que simplemente no oyen la petición porque no les
conviene.
En el artículo 7 se menciona al Co-gobierno y si se busca en Wikipedia que es Co-gobierno
este es el resultado: “El principio de cogobierno alude al gobierno
compartido de la universidad por parte de los diferentes sectores de la
comunidad universitaria. El reclamo tradicional de la Reforma Universitaria es
el cogobierno igualitario por parte de docentes, graduados y
estudiantes”. Una vez más se repite el concepto de igualdad pero si tomamos
como ejemplo la Carrera de Comunicación Social en la que al menos un año no
había Centro de Estudiantes ¿Dónde queda la igualdad? Si los estudiantes no
tienen representatividad, al mismo tiempo quiero recordar que tampoco hay FUL.
En el articulo 10 afirma “…crea conocimiento y utiliza
los adelantos de la ciencia y la tecnología…”, pero si usted visita una sala de
edición, diagramación o cualquier otra donde los estudiantes necesitamos
tecnología se nos niega en préstamo del equipo o simplemente no lo tienen.
Algo que yo desconocía era este artículo 16 donde
dice: “El nivel de decisión más alto de la UMSA es el CONGRESO DE LA UMSA. El
mismo será convocado cada 3 años” y quizá yo no conozca de esto es porque nunca
fui a este congreso del que nunca escuche una convocatoria siendo que este es
mi quinto año en mi carrera.
Con estos ejemplos del NO cumplimiento de los
artículos del Estatuto es que nos podemos dar cuanta en qué situación no
encontramos, tenemos dos opciones, cambiar esto con acciones o dejarlo todo tal
y como esta.
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