Ley de cine en Bolivia
¿añadir un título?
En Bolivia tenemos Una ley que
rige lo que es la actividad cinematográfica, (ley de cine nro. 1302) dictada
por Jaime Paz Zamora en 1991, haciendo una revisión superficial podemos ver que
esta desactualizada pues habla del Ministerio de Finanzas, tal Ministerio ya no
existe en Bolivia, en otro artículo también encontramos que se hará una capacitación
al espectador, cosa que hasta ahora no hemos visto.
Pero no nos queremos concentrar
en un análisis de cada artículo de esta ley, más bien, lo que vamos a hacer es
aumentar un título a esta ley con los siguientes artículos.
Título
De las actividades de incentivo a jóvenes estudiantes.
Artículo 1.- crease un área de incentivo a jóvenes para la producción
cinematográfica.
Artículo 2.- podrán ser participes de esto estudiantes de cualquier
establecimiento de educación superior del país ya sea pública o privada que
tenga que ver con producción audiovisual.
Artículo 3.- para poder llevar a cabo este proyecto se darán los
siguientes pasos:
a) se
hará un concurso de guiones.
b) Los
participantes deberán presentar producciones audiovisuales realizados
anteriormente.
c) Después
de la presentación de estos dos requisitos de evaluará y sacará un ganador.
d) El
mejor guión será producido con la Ayuda del Fondo de Fomento cinematográfico.
e) Se
facilitará los recursos técnicos para realizar dicha producción audiovisual.
f) Se
hará publicidad del producto audiovisual por medios estatales.
g) La
obra cinematográfica será difundida en la Cinemateca Boliviana.
Articulo 4.- tal actividad se deberá realizar al menos una vez al
año.
Esperamos tomen en cuenta la
sugerencia de aumentar este título ya que es de mucha utilidad para promover la
actividad cinematográfica en Bolivia, de
tal manera se pueden encontrar nuevas ideas y talentos del cine, además se daría
oportunidad a estudiantes que en este caso constituyen los recursos humanos y
que muchas veces no tienen recursos económicos ni técnicos para realizar una
obra cinematográfica.
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